TALLER 3
paola andrea escobar
JORGE DUARDO BALBERO OSORIO
Tutor: JORGE BALBERO OSORIO
Enfermero-Biólogo
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE “SENA”
REGIONAL ANTIOQUIA
COMPLEJO TECNOLOGICO AGROINDUSTRIAL, PECUARIO Y TURISTICO
PROGRAMA TECNOLOGIA EN GESTION DE RECURSOS NATURALES
ID: 629373
COMPETENCIA SALUD OCUPACIONAL
Turbo – Antioquia
Mayo/22/2014
COMPETENCIA: Promover la interacción
idónea consigo mismo, con los demás y con la naturaleza en los contextos
laboral y social
TALLER 3 " DE LA LEY 100 DE
1993 A LA LEY 1122 DE 2007"
OBJETIVO:
Identificar los principales cambios
que se dan mediante esta Ley a la Ley 100 de 1993.
Taller
Regulación
Según la ley 1122 de 2007 ¿por quién es remplazado el Consejo Nacional
de Seguridad Social en Salud?
El artículo 3 de la ley 1122
crea la COMISION DE REGULACION EN SALUD (CRES) y esta a su vez reemplaza al
CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDADSOCIAL EN SALUD (CNSSS) que fue creado por el
artículo 171 de la ley 100 de 1993 y regulado por el acuerdo 31 de 1996.
Qué figura obtiene el CNSSS con
la nueva normatividad.
El consejo nacional de la
seguridad social en la salud mantendrá vigentes sus funciones establecidas en
la ley 100 de 1993, mientras no entre en funcionamiento la comisión de
regulación en salud (CRESS)
¿Cómo está compuesta la CRES?
Era una de las organizaciones gubernamentales del
sector de la salud en Colombia como unidad administrativa especial y adscrita
al ministerio de salud y la protección
social y es la entidad gubernamental encargada del sistema en salud en el país.
El ministro de la protección
social quien la presidía.
El ministro de hacienda y crédito público quien, excepcionalmente podía delegar sólo en alguno de sus Viceministros.
Cinco comisionados expertos, designados por el presidente de la república, de ternas enviadas por diferentes entidades como:
La Asociación Colombiana de Universidades
Centros de Investigación en Salud
Centros de investigación en economía de la salud
Asociaciones de profesionales de la salud
Asociaciones de usuarios debidamente organizados
El ministro de hacienda y crédito público quien, excepcionalmente podía delegar sólo en alguno de sus Viceministros.
Cinco comisionados expertos, designados por el presidente de la república, de ternas enviadas por diferentes entidades como:
La Asociación Colombiana de Universidades
Centros de Investigación en Salud
Centros de investigación en economía de la salud
Asociaciones de profesionales de la salud
Asociaciones de usuarios debidamente organizados
Las ternas eran elaboradas a
partir de una lista de elegibles conformada mediante concurso público de
méritos para todas las profesiones, e incluían examen de antecedentes
laborales, examen de conocimientos sobre el Sistema de Seguridad Social de
acuerdo con su experiencia y una entrevista
Mencione algunas de las funciones de la CRES
Las funciones es definir y
modificar el plan obligatorio de salud (POS), definir la unidad de pago por
capacitación (reconocimiento de las esp para financiar el pos.
Para el régimen contributivo y
subsidiado de forma anual
Financiamiento
Según el art 10 de le presente ley ¿cómo quedara distribuida la
cotización en el régimen contributivo y para donde se trasladada ese aporte?
Según el art 11 de la presente resolución explique brevemente cuáles
son los recursos del régimen subsidiado¨.
Según el art 10 de le
presente ley ¿cómo quedara distribuida la cotización en el régimen contributivo
y para donde se trasladada ese aporte?
La cotización al Régimen
Contributivo de Salud será, a partir del primero (1°) de enero del año 2007,
del 12,5% del ingreso o salario base de cotización, el cual no podrá ser
inferior al salario mínimo. La cotización a cargo del empleador será del 8.5% y
a cargo del empleado del 4%. Uno punto cinco (1,5) de la cotización serán
trasladados a la subcuenta de Solidaridad del Fosyga para contribuir a la
financiación de los beneficiarios del régimen subsidiado. Las cotizaciones que
hoy tienen para salud los regímenes especiales y de excepción se incrementarán
en cero punto cinco por ciento (0,5%), a cargo del empleador, que será
destinado a la subcuenta de solidaridad para completar el uno punto cinco a los
que hace referencia el presente artículo. El cero punto cinco por ciento (0,5%)
adicional reemplaza en parte el incremento del punto en pensiones aprobado en
la Ley 797 de 2003, el cual sólo será incrementado por el Gobierno Nacional en
cero punto cinco por ciento
Del
Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga.
v Uno punto cinco
de la cotización del régimen contributivo y de los regímenes especiales y
excepción
v El Gobierno
Nacional aportará un monto por lo menos igual a pesos constantes más un poco
anual.
v El monto de las
cajas de compensación familiar de que trata el articulo 217 de la ley 100 de
1993.
Aseguramiento
¿Quién ejecutara las actividades de Promoción y prevención y a través
de quién?
La prestación de los servicios para la atención de Promoción y Prevención se hará a través de la red pública contratada por las EPS del Régimen Subsidiado del respectivo municipio. Cuando las ESE no tengan capacidad para prestar estos servicios de promoción y prevención o cuando los resultados pactados entre EPS del Régimen Subsidiado y las ESE se incumplan, estos servicios podrán prestarse a través de otras entidades, previa autorización del Ministerio de la Protección Social o en quien este delegue. Los municipios acordarán con las EPS del Régimen Subsidiado los mecanismos para que las atenciones en salud y de promoción y prevención se efectúen cerca a la residencia del afiliado, con agilidad y celeridad.
¿Qué
modifica esta ley con respecto al pago de copagos en el régimen subsidiado y
los periodos de carencia?
No habrá copagos ni cuotas
moderadoras para los afiliados del Régimen Subsidiado en Salud clasificados en
el nivel I del Siben o el instrumento que lo remplace. No habrá períodos
mínimos de cotización o períodos de carencia superiores a 26 semanas en el
Régimen Contributivo.
¿Cuál es el porcentaje obligatorio de contratación de las EPS- S con la
red pública de prestadores de
servicios de salud, y a que está sujeta contratación?
Las Entidades Promotoras de
Salud de naturaleza pública del Régimen Contributivo, deberán contratar
como mínimo el 60% del gasto en salud con las ESE escindidas del ISS
siempre y cuando exista capacidad resolutiva y se cumpla con indicadores de
calidad y resultados, indicadores de gestión y tarifas competitivas. El
Ministerio de la Protección Social reglamentará este artículo de tal manera
que permita la distribución adecuada de este porcentaje en los diferentes
niveles de complejidad, teniendo en cuenta la diversidad de las
diferentes entidades territoriales.
Los
independientes, contratistas de prestación de servicios, liquidarán sus aportes
a salud máximo sobre qué porcentaje del valor mensual del contrato?
Los independientes
contratistas de prestación de servicios cotizarán al Sistema General de
Seguridad Social en Salud el porcentaje obligatorio para salud sobre una base
de la cotización máxima de un 40% del valor de la mensualidad del contrato. El
contratista podrá autorizar a la entidad contratante el descuento y pago de la
cotización sin que ello genere relación laboral.
Según
el art 21 de la movilidad entre el régimen contributivo y subsidiado. ¿Qué pasa
con las personas que están en el régimen subsidiado cuando pasan al régimen
contributivo y se quedan sin empleo?
Los afiliados al régimen
subsidiado que ingresen al régimen contributivo deberán informar tal
circunstancia a la entidad territorial para que proceda a suspender su
afiliación la cual se mantendrá por un año, término dentro del cual podrá
reactivarla.
Prestación de servicios
¿A través de quién prestaran los servicios de salud las instituciones
públicas y cómo será su presencia en cada municipio?
La prestación de servicios de salud por parte de las instituciones públicas solo se hará a través de Empresas Sociales del Estado (ESE) que podrán estar constituidas por una o varias sedes o unidades prestadoras de servicios de salud
¿Cómo y por cuánto tiempo se elegirán los Gerentes de las Empresas
Sociales del Estado?
Los Gerentes de las Empresas
Sociales del Estado serán nombrados por períodos institucionales de cuatro (4)
años, mediante concurso de méritos que deberá realizarse dentro de los tres
meses, contados desde el inicio del período del Presidente de la República o
del Jefe de la Entidad Territorial respectiva, según el caso.
Salud publica
¿Dónde estará definido el Plan Nacional de Salud pública y por cuánto
tiempo?
Enumere brevemente las acciones que
debe incluir el PNSP. (No copiar todo el art 33 sintetícelo.)
El Gobierno Nacional definirá el Plan Nacional de Salud Pública para cada cuatrienio, el cual quedará expresado en el respectivo Plan Nacional de Desarrollo. Su objetivo será la atención y prevención de los principales factores de riesgo para la salud y la promoción de condiciones y estilos de vida saludables, fortaleciendo la capacidad de la comunidad y la de los diferentes niveles territoriales para actuar. Enumere brevemente las acciones que debe incluir el PNSP
El plan financiero y presupuestal de salud
pública.
·
Las coberturas mínimas obligatorias en servicios
e intervenciones de salud.
·
Las metas y responsabilidades en la
vigilancia de salud pública y las inspecciones.
·
Las prioridades de salud pública que
deben ser cubiertas en el plan obligatorio de salud y las metas deben ser
alcanzadas por la EPS
·
Las actividades colectivas que estén a
cargo de la nación y de las entidades territoriales con recursos destinados
para ello.
·
Los modelos de atención tales como, salud
familiar, comunitaria, atención primaria y atención domiciliaria.
Inspección, Vigilancia y
control.
Además de las funciones que tiene
la Superintendencia Nacional de Salud en su art 40, esta ley le otorga unas
funciones jurisdiccionales. Qué significa esta nueva función y en qué casos
aplica. (Sintetice los casos).
¿Cuál es la figura que crea la ley 1122 qué depende de la
Superintendencia Nacional de Salud y la defensoría del pueblo y cuál es su
función principal?
La figura del defensor
del usuario en salud que dependerá de la Superintendencia Nacional de Salud en
coordinación con la Defensoría del Pueblo. Su función será la de ser vocero de
los afiliados ante las respectivas EPS en cada departamento o en el Distrito
Capital, con el fin de conocer, gestionar y dar traslado a las instancias
competentes de las quejas relativas a la prestación de servicios de salud.
No hay comentarios:
Publicar un comentario