lunes, 29 de septiembre de 2014

TALLER 2

TALLER 2






paola andrea escobar 










JORGE DUARDO BALBERO OSORIO


Tutor: JORGE BALBERO OSORIO
Enfermero-Biólogo










SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE “SENA”
REGIONAL ANTIOQUIA
COMPLEJO TECNOLOGICO AGROINDUSTRIAL, PECUARIO Y TURISTICO
PROGRAMA TECNOLOGIA EN GESTION DE RECURSOS NATURALES
ID: 629373
COMPETENCIA SALUD OCUPACIONAL
Turbo – Antioquia
Mayo/22/2014
ACTIVIDAD  2 
CONSULTAR E IDENTIFICAR LAS GENERALIDADES DEL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES  DESCRIPCIÓN:
Descripción: estimado aprendiz, para el desarrollo de esta actividad se le recomienda consultar el Decreto 1295 de 1994 y la cartilla sistema de seguridad social en salud. De igual manera, leer la Ley 1562 del 11 de julio de 2012, que puede consultase en la página del ministerio de Salud y protección social, o bien otras fuentes de información a libertad del aprendiz.
Una vez leído lo anterior, procederá a dar solución a diferentes interrogantes que le permitirán adquirir conocimientos en el tema sistema general de riesgos profesionales. Lo ideal en este trabajo, es conformar triadas en el ambiente de aprendizaje y con la bibliografía disponible, dar solución a los cuestionarios propuestos.
1. ¿Cómo se define el SGRP?
El Sistema General de Riesgos Profesionales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan
. 2. ¿Cuáles son los objetivos del SGRP?
El SGRP tiene como objetivo  establecer, fijar, reconocer y fortalecer toda la atención a un trabajador  si caso tal llega a tener un accidenté.
 3. ¿A quiénes se les aplica el SGRP?
Se aplica a todas las empresas que funcionen en el territorio nacional, y a los trabajadores, contratistas, subcontratistas, de los sectores público, oficial, semioficial, en todos sus órdenes, y del sector privado en general.
4. ¿Cuáles son las características del SGRP?
Se caracteriza por:
a. Es dirigido, orientado, controlado y vigilado por el Estado.
b. Las entidades administradoras del Sistema General de Riesgos Profesionales tendrán a su cargo la afiliación al sistema y la administración del mismo.
c. Todos los empleadores deben afiliarse al Sistema General de Riesgos Profesionales.
d. La afiliación de los trabajadores dependientes es obligatoria para todos los empleadores.
e. El empleador que no afilie a sus trabajadores al Sistema General de Riesgos Profesionales, además de las sanciones legales, será responsable de las prestaciones que se otorgan en este decreto.
f. La selección de las entidades que administran el sistema es libre y voluntaria por parte del empleador.
g. Los trabajadores afiliados tendrán derecho al reconocimiento y pago de las prestaciones previstas en el presente Decreto.
h. Las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales están a cargo de los empleadores.
i. La relación laboral implica la obligación de pagar las cotizaciones que se establecen en este decreto.
j. Los empleadores y trabajadores afiliados al Instituto de Seguros Sociales para los riesgos de ATEP, o a cualquier otro fondo o caja previsional o de seguridad social, a la vigencia del presente decreto, continúan afiliados, sin solución de continuidad, al Sistema General de Riesgos Profesionales que por este decreto se organiza.
k. La cobertura del sistema se inicia desde el día calendario siguiente al de la afiliación.
5. ¿Cuáles son las prestaciones asistenciales que se le pueden realizar a una persona que sufra un accidente de trabajo?
Las prestaciones asistenciales para un trabajador son:
a. Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica.
b. Servicios de hospitalización.
c. Servicio odontológico.
d. Suministro de medicamentos.
e. Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento.
f. Prótesis y órtesis, su reparación, y su reposición sólo en casos de deterioro o desadaptación, cuando a criterio de rehabilitación se recomiende.
g. Rehabilitaciones física y profesional.
h. Gastos de traslado, en condiciones normales, que sean necesarios para la prestación de estos servicios
6. ¿Cuáles son las prestaciones económicas que se pueden dar en un accidente de trabajo?
Todo trabajador tendrá derecho a reconocimiento económico tales como:
a. Subsidio por incapacidad temporal.
b. Indemnización por incapacidad permanente parcial.
c. Pensión de Invalidez.
d. Pensión de sobrevivientes.
e. Auxilio funerario.
7. ¿Qué son riesgos profesionales?
Son Riesgos Profesionales el accidente que se produce como consecuencia directa del trabajo o labor desempeñada, y la enfermedad que haya sido catalogada como profesional por el Gobierno Nacional. 
8. ¿Cómo se puede definir un accidente de trabajo?
Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte.
9. Cuales accidentes no se consideran de trabajo?
a. El que se produzca por la ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador, tales como labores recreativas, deportivas o culturales, incluidas las previstas en el artículo 21 de la ley 50 de 1.990, así se produzcan durante la jornada laboral, a menos que actúe por cuenta o en representación del empleador.
b. El sufrido por el trabajador, fuera de la empresa, durante los permisos remunerados o sin remuneración, así se trate de permisos sindicales.
10. ¿Quiénes pueden ser afiliados al SGRP?
1. Los trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores públicos;
2. Los jubilados o pensionados, excepto los de invalidez, que se reincorporen a la fuerza laboral como trabajadores dependientes, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores públicos, y
3. Los estudiantes que deban ejecutar trabajos que signifiquen fuente de ingreso para la respectiva institución, cuyo entrenamiento o actividad formativa es requisito para la culminación de sus estudios, e involucra un riesgo ocupacional, de conformidad con la reglamentación que para el efecto se expida.
11. ¿Cómo se puede determinar la cotización al SGRP?
Las tarifas fijadas para cada empresa no son definitivas, y se determinan de acuerdo con:
a. La actividad económica;
b. Índice de lesiones incapacitantes de cada empresa; y,
c. El cumplimiento de las políticas y la ejecución de los programas sobre salud ocupacional, determinados por la entidad administradora de riesgos profesionales correspondiente, de conformidad con los reglamentos expedidos para tal fin por el Gobierno Nacional.
 12. ¿Cuál es la base de cotización del SGRP?
Las tarifas de cotización son:
Las tarifas fijadas para cada empresa no son definitivas, y se determinan de acuerdo con:
a. La actividad económica;
b. Índice de lesiones incapacitantes de cada empresa; y,
c. El cumplimiento de las políticas y la ejecución de los programas sobre salud ocupacional, determinados por la
13. ¿Cuáles son los montos de las cotizaciones?
Las cotizaciones no podrá ser inferior al 0.348%, ni superior al 8.7%, de la base de cotización de los trabajadores a cargo del respectivo empleador.
14. ¿Cuáles son las obligaciones de los empleadores?
Las obligaciones del empleador son las siguientes:
a. Del pago de la totalidad de la cotización de los trabajadores a su servicio;
b. Trasladar el monto de las cotizaciones a la entidad administradora de riesgos profesionales correspondiente, dentro de los plazos que para el efecto señale el reglamento;
c. Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores y de los ambientes de trabajo;
d. Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del programa a de salud ocupacional de la empresa y procurar su financiación;
e. Notificar a la entidad administradora a la que se encuentre afiliado, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales;
15. ¿Obligaciones de los trabajadores?
Son deberes de los trabajadores:
a. Procurar el cuidado integral de su salud.
b. Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud.
c. Colaborar y velar por el cumplimiento de las obligaciones contraidas por los empleadores en este decreto.
d. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones de los programa de salud ocupacional de la empresa.
e. Participar en la prevención de los riesgos profesionales a través de los comités paritarios de salud ocupacional, o como vigías ocupacionales.
f. Los pensionados por invalidez por riesgos profesionales deberán mantener actualizada la información sobre su domicilio, teléfono y demás datos que sirvan para efectuar las visitas de reconocimiento.
g. Los pensionados por invalidez por riesgos profesionales deberán informar a la entidad administradora de riesgos profesionales correspondiente, del momento en el cual desaparezca o se modifique la causa por la cual se otorgó la pensión.
16. ¿Cómo se pueden clasificar las empresas?
Se Clasifican  de acuerdo con la actividad principal dentro de la clase de riesgo que corresponda y aceptada por la entidad administradora en el término que determine el reglamento.
17. ¿Cuándo se puede dar el traslado de entidad administradora de riesgos profesionales?
Los empleadores pueden trasladarse voluntariamente de entidad administradora de riesgos profesionales, una vez cada año, contado desde la afiliación inicial o el último traslado, el cual surtirá efectos a partir del primer día del mes siguiente a aquel en que el traslado se produjo, conservando la empresa que se traslada la clasificación y el monto de la cotización por los siguientes tres meses
18. ¿Cuáles son los servicios de prevención?
Son los servicios que recibe el trabajador por parte de SGRP
a. Asesoría técnica básica para el diseño del programa de salud ocupacional en la respectiva empresa.
b. Capacitación básica para el montaje de la brigada de primeros auxilios.
c. Capacitación a los miembros del comité paritario de salud ocupacional en aquellas empresas con un número mayor de 10 trabajadores, o a los vigías ocupacionales en las empresas con un número menor de 10 trabajadores.
d. Fomento de estilos de trabajo y de vida saludables, de acuerdo con los perfiles epidemiológicos de las empresas.
19. ¿Quiénes dirigen  y administran el SGRP?
Está dirigido e integrado por:
a. Organismos de dirección, vigilancia y control:
 1. El Consejo Nacional de Riesgos Profesionales.
 2. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y de Salud.
b. Entidades administradoras del sistema - A.R.P.
 1. El Instituto de Seguros Sociales.
 2. Las entidades aseguradoras de vida que obtengan autorización de la Superintendencia Bancaria par a la explotación del ramo de seguro de riesgos profesionales.
20. ¿Quiénes conforman el sistema general de riesgos profesionales?
El SGRP está conformado por
a. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, o su viceministro, quien lo presidirá;
b. El Ministro de Salud, o el viceministro;
c. El Consejero de Seguridad Social de la Presidencia de la República, o quien haga sus veces;
d. El representante legal del Instituto de Seguros Sociales, o su delegado;
e. Un representante de las entidades administradoras de riesgos profesionales, diferente al anterior;
f. Dos (2) representantes de los empleadores;
g. Dos (2) representantes de los trabajadores;
h. Un (1) representante de las asociaciones científicas de salud ocupacional.
21. ¿Cuáles son las funciones del comité?
El Consejo Nacional de Riesgos Profesionales tiene las siguientes funciones:
a. Recomendar la formulación de las estrategias y programas para el Sistema General de Riesgos Profesionales, de acuerdo con los planes y programas de desarrollo económico, social y ambiental que apruebe el Congreso de la República.
b. Recomendar las normas técnicas de salud ocupacional que regulan el control de los factores de riesgo.
c. Recomendar las normas de obligatorio cumplimiento sobre las actividades de promoción y prevención para las
Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales.
d. Recomendar la reglamentación sobre la recolección, transferencia y difusión de la información sobre riesgos profesionales.
e. Recomendar al Gobierno Nacional las modificaciones que considere necesarias a la tabla de clasificación de enfermedades profesionales.
f. Recomendar las normas y procedimientos que le permitan vigilar y controlar las condiciones de trabajo en las empresas.
g. Recomendar el plan nacional de salud ocupacional.
h. Aprobar el presupuesto general de gasto del Fondo de Riesgos Profesionales, presentado por el secretario técnico del consejo.
22. Cuáles son los requisitos para las compañías de seguros?
a. Acreditar un patrimonio técnico saneado no inferior a la cuantía que periódicamente señale el gobierno nacional, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, en adición a los montos requeridos par a los demás ramos.
b. Disponer de capacidad humana y técnica especializada suficiente para cumplir adecuadamente con la administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.
c. Conformar, dentro de su estructura orgánica, un departamento de prevención de riesgos profesionales, que será el responsable de la planeación, organización, ejecución y supervisión de las actividades de que tratan los numerales 6 y 7 del artículo siguiente, o alternativamente contratar a través de terceros esta función.


23. ¿Cuáles son las funciones de las entidades administradoras de riesgos profesionales?
Sus funciones son Contratar o conformar equipos de prevención de riesgos profesionales, para la planeación, organización, ejecución y supervisión de las actividades de que tratan los numeral 6. y 7. Del presente artículo.




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